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Abrir un CDT en el Banco de Bogotá: requisitos y beneficios

Abrir un CDT en el Banco de Bogotá

 

Abrir un CDT en el Banco de Bogotá es muy fácil y se requiere de algunos requisitos para acceder a este servicio bancario tanto personas naturales, personas jurídicas como Microempresas, Pyme, Empresarial y Corporativa, Institucional.

¿Qué es un C DT?

Según el Banco de Bogotá un CDT “es un Certificado de Depósito a Término, que genera rentabilidad durante un plazo pactado previamente con una entidad bancaria”.

En otras palabras, este certificado permite asegurar una inversión a largo plazo y darle un rendimiento a los ahorros. Por ejemplo, para abrir un CDT, es necesario dar apertura con un monto superior de $100.000 pesos, pactar una fecha y luego se podrá recibir el capital de ahorro más un monto correspondiente a su rentabildad.

“Se le conoce como Certificado de Depósito a Término ya que al solicitarlo, estipulas el plazo en el que vas a recibir tu capital junto con la rentabilidad. El plazo mínimo es de 30 días, pero puedes escoger periodos más largos como 60. 90, 180, 360 y hasta 540 días. Entre más alto sea el monto de dinero y el tiempo en que lo dejes en el banco, así mismo será tu retorno”, explica el Banco de Bogotá.

Una de las características del CDT es que una vez se venza la fecha fijada se puede retirar el dinero o renovarlo automáticamente. Además, “Este tipo de certificados se caracteriza porque es negociable y endosable con lo cual puedes venderle o traspasarle tu CDT a un tercero”, sin embargo, no es negociable la tasa de interés  ni los plazos.

Tipos de C DT en el Banco de Bogotá

Esta entidad bancaria maneja dos tipos de CDT: 1. CDT Tradicional y 2. CDT de Confianza. El primero se entrega de forma inmediata a una persona natural “Cuenta con tasa de mercado diferencial, según el plazo y monto de la inversión”. Se puede negociar y transferir por endoso. Puede ser físico ( polígrafo (papel) o virtual.

El segundo tipo tiene las mismas características que el tradicional pero su diferencia es que ” la tasa es variable, mientras que con el Tradicional es fija”.

Los CDT pueden abrirlos personas menores y mayores de 18 años.

Requisitos para abrir un CDT

Mayores de 18 años: Fotocopia de la Cédula de Ciudadanía ampliada al 150% para colombianos y extranjeros nacionalizados.

Menores de 18 años: Fotocopia de la tarjeta de identidad, Registro Civil de Nacimiento o NUIP para colombianos o extranjeros nacionalizados, ampliada al 150%. Fotocopia documento de identidad ampliada al 150% de cada una de las personas registradas con firma autorizada. Formato UN – 150-1 SSF información firma autorizada.

Extranjeros no nacionalizados: Fotocopia cédula de Extranjería ampliada al 150%

Diplomáticos: Fotocopia del pasaporte y carne diplomático.

Solicitud de Serivicios Financieros

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